Departamento de Registro de Profesiones
DIRECCIÓN DE PROFESIONES Y SERVICIOS ESCOLARES
DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE PROFESIONES
COLEGIOS DE PROFESIONISTAS
CONCEPTO
Los Colegios de Profesionistas son asociaciones civiles (no lucrativas) que congregan a profesionistas que ejercen una misma rama o especialidad, dispuestos en colaborar en beneficio y superación de su profesión
NORMATIVIDAD
La Ley de Profesiones de Quintana Roo establece en sus Artículos 21 y 22 que todos los profesionistas de una misma rama podrán asociarse para formar uno o varios Colegios y registrarlos ante la Dirección de Profesiones y Servicios Escolares y denominarse “Colegio de….” indicando la rama o especialidad que corresponda.
PROPOSITOS
- Constituirse como órganos de representación y defensa de los legítimos intereses de la propia profesión.
- Coadyuvar en la vigilancia del correcto ejercicio profesional
- Establecer parámetros de calidad y certeza profesional
- Fungir como órganos de consulta del poder público
BENEFICIOS
- Obtener personalidad jurídica y patrimonio propio
- Ostentarse con denominación propia y difundir sus servicios
- Divulgar conocimientos a través de órganos informativos
- Proponer y promover iniciativas de ley, reglamentos y/o reformas en materia de profesiones
- Contemplar programas de educación continua y/o actualización para sus colegiados
- Proponer y colaborar en la elaboración y actualización de los planes y programas de estudio de educación media superior y superior
- Fomentar las relaciones y el intercambio cultural con los Colegios del país y del extranjero
- Obtener reconocimiento para los Colegios y sus asociados en atención a la colegiación y al correcto ejercicio profesional
OBLIGACIONES Y DERECHOS
- Contar con un código de ética profesional, así como aplicar y vigilar su cumplimiento
- Promover y vigilar que sus agremiados cumplan con el Servicio social profesional en coordinación con la Dirección de Profesiones e informar a la misma
- Denunciar ante las autoridades correspondientes las violaciones a las leyes relativas al ejercicio profesional
- Servir de arbitro en los conflictos entre los profesionistas y/o entre estos y sus clientes
- Participar en los procedimientos de la Certificación profesional
- Regular la designación de sus peritos profesionales, de acuerdo a la profesión practicada
- Sancionar a sus asociados cuando violen los Estatutos y el Código de Ética
- Prestar la más amplia colaboración a los tres niveles de gobierno, como consultores cuando estas los soliciten
- Otorgar un servicio social profesional que colabore a paliar las necesidades de la comunidad
- Anotar anualmente los trabajos desempeñados por los miembros en el servicio profesional
- Observar que sus agremiados se encuentren registrados en el Registro Estatal de Profesionistas
- Proponer los aranceles profesionales
- Fijar un domicilio social y hacerlo saber a la Dirección de Profesiones
- Notificar a la Dirección de Profesiones los siguientes cambios:
-
- Cambios de Consejo Directivo
- Cambios de denominación o razón social
- Modificaciones a los estatutos
- Altas y bajas de asociados
- Cambios de domicilio
DOMICILIO SOCIAL
Se recomienda a las agrupaciones de profesionistas contar con un local adecuado, permanente y con comunicación abierta y constante para un correcto funcionamiento y vinculación con el público interesado y las instituciones concernientes
REQUISITOS PARA OBTENER EL REGISTRO
- Presentar original y copia certificada del Acta constitutiva con estatutos protocolizada en Notaria pública. El acta deberá estar registrada en el Registro Publico de la Propiedad y el Comercio y con el permiso de la Secretaria de Relaciones Exteriores
- Directorio de sus asociados (en papel membretado del Colegio) conteniendo nombre, CURP, titulo, cedula profesional y el registro estatal de profesionistas.
- Acta de elección del Consejo Directivo y nomina de socios que integran el mismo, protocolizada en Notaria pública
- Proyecto anual para el cumplimiento del Servicio Social Profesional
- Logotipo del Colegio en tamaño carta
- Pago de los derechos correspondientes, de conformidad a lo establecido en la Ley de Hacienda del Estado de Quintana Roo
TARIFA ACTUAL
Para Registro como Colegio de Profesionistas
de 35 a 50 miembros $ 1,417.00de 51 a 100 miembros $ 1,984.00
de 101 en adelante $ 2,551.00
mas $ 397.00 por autorización para construir un Colegio de Profesionistas
INFORMACION Y TRÁMITES
Departamento de Registro de Profesiones
Av. Insurgentes No. 600
Col. Gonzalo Guerrero
C.P. 77050
Chetumal, Q. Roo
Tel. 983 83 50770 ext. 4483 y 4488
Atención al público de lunes a viernes de 09 a 14 horas
23 Noviembre 2011
administrador